Ley 18.248

Artículo 1Derecho y deber al nombre

Texto oficial

Toda persona natural tiene el derecho y el deber de usar el nombre y apellido que le corresponde de acuerdo con las disposiciones de la presente ley.

Qué significa en la práctica

Toda persona tiene el derecho y el deber de usar el nombre y apellido que le corresponde.
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