Ley 18.345

Artículo 137Plazo para contestar en la acción especial (accidentes)

Texto oficial

Plazo para contestar la . En los juicios por la acción especial de la Ley 9688 el juez fijará un día límite, ubicado entre los QUINCE (15) posteriores a la recepción de la , para la contestación de ésta, lo que se notificará por lo menos con DIEZ (10) días de anticipación al día señalado. A partir de ese día, las partes tendrán TRES (3) para ofrecer prueba. En este último plazo, el actor deberá contestar las excepciones y ofrecer las pruebas relativas a ellas. En lo sucesivo se seguirá el trámite del juicio ordinario. En estos juicios no se admitirá la .

Qué significa en la práctica

En los juicios por la antigua acción especial de la Ley 9.688 (accidentes de trabajo), el juez fija un día límite para contestar.

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