Artículo 3Jueces de primera instancia y secretarios
Texto oficial
Jueces de primera instancia. El número de jueces de primera instancia será el que determine la ley. Cada juzgado tendrá un secretario que deberá reunir las condiciones exigidas por la Ley de Organización de la Justicia Nacional.
Qué significa en la práctica
El número de jueces lo determina la ley; cada juzgado tiene un secretario que debe reunir las condiciones exigidas a los secretarios de la Justicia Nacional.