Ley 18.345

Artículo 58Nulidad por violación de formas sustanciales

Texto oficial

. En los casos en que se hubieren violado las formas sustanciales del juicio, se decretará, a petición de parte o , la de lo actuado. Al promover el , la parte deberá expresar el perjuicio sufrido y el interés que la llevare a pedir la declaración. Si no se cumpliere este requisito, la será rechazada sin sustanciación.

Qué significa en la práctica

Si se violan las formas sustanciales del juicio, se decreta la de lo actuado, a pedido de parte o .

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