Ley 18.398

Artículo 33Nombramiento

Texto oficial

Los oficiales serán nombrados por el Poder Ejecutivo Nacional; los suboficiales, cabos, marineros y alumnos serán dados de alta por el Prefecto Nacional Naval.

Qué significa en la práctica

Los oficiales los nombra el Poder Ejecutivo; los suboficiales, cabos, marineros y alumnos, el Prefecto Nacional Naval.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de la Prefectura Naval Argentina completaLeyes