Ley 18.398

Artículo 39Cómputo de disponibilidad

Texto oficial

El tiempo pasado en situación de disponibilidad por los motivos señalados en los incisos a), d) y e) del artículo 37 se computará a los efectos del ascenso y del retiro; el pasado en situación de disponibilidad, Por los motivos señalados en los incisos b), c) y f) se computará únicamente para el retiro.

Qué significa en la práctica

El tiempo en disponibilidad se computa para ascenso y retiro en ciertos supuestos y solo para el retiro en otros.

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