Ley 18.398

Artículo 61Compensaciones

Texto oficial

El personal que en razón de actividades propias del servicio deba realizar gastos extraordinarios será compensado en la forma y condiciones que determinen las disposiciones vigentes. Liquidación de Haberes

Qué significa en la práctica

El personal que realiza gastos extraordinarios por el servicio es compensado según las disposiciones vigentes.

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