El Poder Ejecutivo podrá requerir a los bancos oficiales el otorgamiento de créditos o la liberación de fondos para la financiación de inversiones en las actividades enumeradas en el art. 1 de esta ley.
Qué significa en la práctica
Faculta al Poder Ejecutivo a requerir a los bancos oficiales el otorgamiento de créditos o la liberación de fondos para financiar las inversiones promovidas.