Ley 18.425

Artículo 28Reserva de denominaciones

Texto oficial

Las denominaciones de supermercado total, supermercado, supertienda, autoservicio, cadena o centro de compras quedan reservadas para las organizaciones definidas como tales por la presente ley, salvo aquellos cuya constitución y uso de la denominación sea anterior a ella.

Qué significa en la práctica

Reserva las denominaciones supermercado total, supermercado, supertienda, autoservicio, cadena y centro de compras para las organizaciones que cumplen la ley.
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