Ley 18.600

Artículo 10Responsabilidad del elaborador

Texto oficial

Mientras el vino permanezca en la bodega el elaborador será responsable de la existencia del volumen neto que le corresponda al viñatero, de su genuinidad, y de las características previstas en el artículo 8°.

Qué significa en la práctica

El elaborador es responsable del vino mientras permanezca en su bodega.
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