Ley 18.829

Artículo 11Sanción por operar sin licencia

Texto oficial

El ejercicio de las actividades especificadas en el artículo 1º de la presente Ley sin la correspondiente licencia será sancionado con una multa de hasta Cincuenta Mil Pesos ($ 50.000) y clausura del local.

Qué significa en la práctica

Ejercer la actividad de agente de viajes sin la licencia correspondiente se sanciona con multa y clausura del local.

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