La sanción: "suspensión de operar" afecta solamente a la contratación de nuevos compromisos, conservándose la de dar total y exacto cumplimiento a los que hubieran sido contraídos hasta la fecha en que se tome conocimiento de la sanción impuesta.
Qué significa en la práctica
La suspensión de operar impide contratar nuevos compromisos, pero la agencia conserva la de cumplir totalmente los ya contraídos hasta la fecha de la sanción.