Ley 18.829

Artículo 27Modificación de la Ley 14.574

Texto oficial

Modifícase el Art. 28 — Ley 14.574, elevándose el monto de las sanciones que allí se indican hasta un máximo de Quinientos Mil Pesos ($ 500.000).

Qué significa en la práctica

Modifica el Art. 28 — Ley 14.574, elevando el monto máximo de las sanciones allí previstas.

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