Ley 18.829

Artículo 8Tarifas y veracidad en la publicidad

Texto oficial

Las personas a que se refiere el artículo 1º de la presente Ley están obligadas a respetar las tarifas convenidas y a ser veraces en la propaganda que realicen a fin de promover sus actividades, debiendo el material de dicha propaganda reflejar, exactamente, sin dar lugar a confusión, el tipo de servicio ofrecido.

Qué significa en la práctica

Las agencias deben respetar las tarifas convenidas y ser veraces en su publicidad, que debe reflejar con exactitud y sin dar lugar a confusión el tipo de servicio ofrecido.

Normas relacionadas

← Ver en Ley de Agentes de Viajes completaLeyes