Hay derecho a una nueva ampliación cuando las labores del terreno anexado se hubiesen internado o estuviesen próximas a internarse en terreno vacante.
II De la mejora de las pertenencias
Qué significa en la práctica
Hay derecho a una nueva ampliación cuando las labores del terreno ya anexado se internan o están próximas a internarse en terreno vacante.