Los dueños de las pertenencias con que debe formarse el grupo, ocurrirán para su concesión a la autoridad por medio de un pedimento.
El pedimento contendrá:
1- Los títulos correspondientes a cada una de las pertenencias.
2- Un plano del grupo en el que se manifieste la situación relativa, la extensión y forma de las minas concurrentes, sus nombres, el de sus dueños, el que ha de llevar la nueva propiedad y el de las minas colindantes.
3-La parte o derecho asignado a cada uno de los interesados.
4 La declaración del gravamen que afecta a cada pertenencia y el nombre de las personas a cuyo favor esté constituido.
5 El acuerdo celebrado entre los acreedores sobre la manera cómo deben pasar esos gravámenes al grupo; y en su defecto, la propuesta de bases para un arreglo.
Qué significa en la práctica
Los dueños piden la concesión del grupo con un pedimento que incluye los títulos de cada pertenencia, un plano del grupo, el derecho de cada interesado y los gravámenes que afectan a cada pertenencia con el acuerdo de los acreedores.