La autoridad concederá a los concurrentes que lo soliciten , el sitio que designen para su aprovechamiento exclusivo.
La autoridad puede hacer entre los concurrentes distribuciones de sitios, cuando así lo exijan la conservación del orden y la más arreglada y útil explotación.
En uno y otro caso es libre la elección de los medios para el beneficio de las tierras.
Qué significa en la práctica
La autoridad concede a los concurrentes el sitio que designen para su aprovechamiento exclusivo, y puede distribuir sitios para conservar el orden y la mejor explotación; la elección de los medios de beneficio es libre.