El que cometiere una infracción habiendo sido sancionado anteriormente por otra infracción a esta Sección, será tenido por reincidente a los efectos de la graduación de la pena.
VI De la educación y defensa ambiental
Qué significa en la práctica
Quien comete una infracción habiendo sido sancionado antes por otra a esta Sección es tenido por reincidente a los efectos de graduar la pena.