La unidad de medida de los permisos de exploración es de QUINIENTAS (500) hectáreas.
Los permisos constarán de hasta VEINTE (20) unidades. No podrán otorgarse a la misma persona, a sus socios, ni por interpósita persona, más de VEINTE (20) permisos ni más de CUATROCIENTAS (400) unidades por provincia.
Tratándose de permisos simultáneos colindantes, el permisionario podrá escoger a cuáles de estos permisos se imputarán las liberaciones previstas en el Artículo 30.
Qué significa en la práctica
La unidad de medida del permiso de exploración es de 500 hectáreas; un permiso puede tener hasta 20 unidades, y no se otorgan a una misma persona más de 20 permisos ni 400 unidades por provincia.