Ley 1.919

Artículo 300Forma de la distribución

Texto oficial

La distribución se hará en minerales, pastas o en dinero, según el acuerdo de los socios. Cuando no hubiere acuerdo, la distribución se hará en dinero. III De la concurrencia a gastos extraordinarios

Qué significa en la práctica

La distribución se hace en minerales, pastas o dinero según el acuerdo de los socios; a falta de acuerdo, en dinero.

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