Ley 1.919

Artículo 32Indemnización por daños del cateo

Texto oficial

El explorador debe indemnizar al propietario de los daños que le cause con los trabajos de cateo y de los daños provenientes de estos trabajos. El propietario puede exigir que el explorador rinda previamente fianza para responder por el valor de las indemnizaciones. II Limitaciones al derecho de cateo

Qué significa en la práctica

El explorador debe indemnizar al propietario los daños que le cause con los trabajos de cateo, y el propietario puede exigirle fianza previa por el valor de las indemnizaciones.

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