Ley 1.919

Artículo 344Reglas aplicables

Texto oficial

Son aplicables al derecho de usufructo las disposiciones referentes al contenidas en los Artículos 332, 333, 334 y 335.

Qué significa en la práctica

Se aplican al usufructo las disposiciones del de los Art. 332, 333, 334 y 335.

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