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Art. 38
Ley 1.919
Artículo 38
Prohibición en minas concedidas
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Texto oficial
Es prohibido, aunque preceda permiso de la autoridad, hacer exploraciones dentro de los límites de minas concedidas.
Qué significa en la práctica
Está prohibido, aun con permiso de la autoridad, explorar dentro de los límites de minas ya concedidas.
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