Ley 1.919

Artículo 43Límite al dueño del suelo

Texto oficial

El dueño del suelo no puede ni aún con licencia de la autoridad, hacer trabajo alguno minero dentro del perímetro de una concesión, ni en el recinto de un permiso de cateo. TITULO IV De la adquisición de las minas

Qué significa en la práctica

El dueño del suelo no puede, ni con licencia de la autoridad, hacer trabajos mineros dentro del perímetro de una concesión ni en el recinto de un permiso de cateo ajeno.

Normas relacionadas

← Ver en Código de Minería completaLeyes