Ley 1.919

Artículo 52Qué es el registro

Texto oficial

El registro es la copia de la manifestación con sus anotaciones y proveídos, hecha y autorizada por el escribano de minas en libro de protocolo que debe llevarse al efecto.

Qué significa en la práctica

El registro es la copia de la manifestación con sus anotaciones y proveídos, hecha y autorizada por el escribano de minas en un libro de protocolo.

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