Ley 1.919

Artículo 74La pertenencia como sólido

Texto oficial

La pertenencia o unidad de medida es un sólido que tiene por base un rectángulo de TRESCIENTOS (300) metros de longitud y DOSCIENTOS (200) de latitud, horizontalmente medidos y de profundidad indefinida en dirección vertical. La pertenencia será un sólido de base cuadrada en el caso de darse a la latitud igual extensión que la asignada a la longitud. Puede darse otra formas a las pertenencias, siendo regular, cuando atendidas las condiciones del terreno o del criadero, sea necesario para una más útil explotación.

Qué significa en la práctica

La pertenencia es un sólido de base rectangular (300×200 m) y profundidad indefinida; puede ser cuadrada o adoptar otra forma regular cuando convenga a una explotación más útil.

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