Practicada la mensura y demarcación con arreglo a lo dispuesto en los artículos precedentes, la autoridad mandará inscribirla en el registro, y que de ella se de copia al interesado, como título definitivo de propiedad.
El expediente de mensura se archivará en un libro especial a cargo del escribano de minas.
Con la diligencia de mensura queda constituida la plena y legal de la pertenencia.
III De los linderos
Qué significa en la práctica
Practicada la mensura y demarcación, la autoridad la inscribe en el registro y da copia al interesado como título definitivo de propiedad; con la mensura queda constituida la plena y legal de la pertenencia.