Ley 1.919

Artículo Hidrocarburos 12Perforación sin permiso

Texto oficial

El propietario, poseedor, arrendatario u ocupante del suelo, no puede, sin permiso de la autoridad minera, hacer perforaciones en busca de hidrocarburos fluidos, so pena de no acordársele concesión para explotar la mina que descubriese, salvo el caso de descubrimiento accidental o casual por trabajos que no tenían ese objeto.

Qué significa en la práctica

El propietario, poseedor u ocupante del suelo no puede perforar en busca de hidrocarburos sin permiso de la autoridad minera, bajo pena de no obtener la concesión de la mina que descubra, salvo descubrimiento accidental por trabajos con otro objeto.

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