Artículo Hidrocarburos 5Restricción al comercio exterior
Texto oficial
El Poder Ejecutivo Nacional podrá limitar o prohibir la importación o la exportación de hidrocarburos fluidos cuando en casos de urgencia así lo aconsejen razones de interés público, debiendo dar cuenta de ello, oportunamente, al Congreso.
Qué significa en la práctica
El Poder Ejecutivo Nacional puede limitar o prohibir la importación o exportación de hidrocarburos cuando, en casos de urgencia, lo aconsejen razones de interés público, dando cuenta de ello al Congreso.