Ley 19.349

Artículo 58Escalafones profesionales

Texto oficial

La incorporación a los cursos o concursos de admisión para el reclutamiento del personal superior que integrará los escalafones profesionales se concederá, según lo determine la reglamentación de esta ley, únicamente a los argentinos nativos o por opción. Los candidatos que hayan satisfecho las exigencias de dichos cursos o concursos, y siempre que hayan obtenido el orden de mérito necesario, serán dados de alta "en comisión" con el grado que para cada caso determine la reglamentación de esta ley. El alta "efectiva" se concederá a los tres años desde el alta en "comisión" y siempre que el causante haya satisfecho durante dicho plazo, las exigencias que se reglamenten.

Qué significa en la práctica

El personal superior profesional ingresa por cursos o concursos, es dado de alta en comisión y el alta efectiva se concede a los tres años.

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