Ley 19.349

Artículo 59Reclutamiento de suboficiales

Texto oficial

El personal de suboficiales de Gendarmería Nacional se reclutará: a) El destinado a desempeñar funciones en el escalafón general en el instituto destinado especialmente a ese fin. b) El destinado a desempeñar funciones profesionales egresados de institutos o mediante los cursos o concursos de admisión que se determinen.

Qué significa en la práctica

El personal subalterno se recluta en el instituto respectivo o por cursos y concursos de admisión.

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