La podrá iniciarse en cualquier momento cuando se configure el silencio de la Administración. La acción contra el Estado nacional y las entidades autárquicas por los perjuicios ocasionados por sus actos ilegítimos comenzará a correr, para el actor, a partir de la fecha en que quede firme la que declara su . (Artículo sustituido por Art. 45 — Ley de Bases B.O. 8/7/2024. Vigencia: a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.) Impugnación de actos por el Estado o sus entes autárquicos; plazos.
Qué significa en la práctica
La puede iniciarse cuando se configura el silencio de la Administración.