Ley 19.550

Artículo 174Suscripción en exceso

Texto oficial

Cuando las suscripciones excedan del monto previsto, la asamblea constitutiva decidirá su reducción a prorrata o aumentará el capital hasta el monto de las suscripciones. de los promotores.

Qué significa en la práctica

Regula la situación cuando las suscripciones exceden el monto previsto.
← Ver en Ley General de Sociedades completaLeyes