Ley 19.550

Artículo 289Sindicatura plural

Texto oficial

Los accionistas pueden ejercer el derecho reconocido por el artículo 263, en las condiciones fijadas por éste. Sindicatura colegiada.

Qué significa en la práctica

Los accionistas pueden ejercer el derecho a la sindicatura plural.
← Ver en Ley General de Sociedades completaLeyes