La administración podrá ser unipersonal, y será ejercida por socio comanditado o tercero, quienes durarán en sus cargos el tiempo que fije el estatuto sin las limitaciones del artículo 257. Remoción del socio administrador.
Qué significa en la práctica
La administración puede ser unipersonal y la ejerce un socio comanditado o un tercero.