La remoción del administrador se ajustará al artículo 129, pero el socio comanditario podrá pedirla judicialmente, con justa causa, cuando represente no menos del Cinco por ciento(5 %) del capital. El socio comanditado removido de la administración tendrá derecho a retirarse de la sociedad o a transformarse en comanditario. Acefalía de la administración.
Qué significa en la práctica
La remoción del administrador se ajusta a las reglas previstas.