Ley 19.550

Artículo 325Debentures: sociedades emisoras

Texto oficial

Las sociedades anónimas incluidas las de la sección VI, y en comandita por acciones podrán, si sus estatutos lo autorizan, contraer empréstitos en forma pública o privada, mediante la emisión de debentures. (Artículo sustituido por Art. 45 — Ley de Obligaciones Negociables B.O. 27/07/1988) Clases. Convertibilidad.

Qué significa en la práctica

Las sociedades anónimas pueden contraer empréstitos mediante la emisión de debentures.
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