Ley 19.550

Artículo 358Responsabilidad de los directores

Texto oficial

Los directores de la sociedad son ilimitada y solidariamente responsables por los perjuicios que la violación de las disposiciones de esta Sección produzca a los debenturistas. Responsabilidad de los fiduciarios.

Qué significa en la práctica

Los directores responden ilimitada y solidariamente por los perjuicios por la emisión de debentures.
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