Constitúyese en área franca al Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, excepción hecha del territorio nacional correspondiente a la Isla Grande de la Tierra del Fuego.
Qué significa en la práctica
Declara área franca a todo el Territorio, salvo la Isla Grande de Tierra del Fuego (que tendrá el régimen de área aduanera especial).