Ley 19.724

Artículo 28Consorcio provisorio

Texto oficial

Mientras no se constituya definitivamente el consorcio, se aplicarán en cuanto sean compatibles, las disposiciones del proyecto de reglamento de copropiedad y administración previsto en el artículo 3°, inciso e). Obras por Administración

Qué significa en la práctica

Mientras no se constituya definitivamente el consorcio, se aplican en lo compatible las reglas de la propiedad horizontal para la administración del inmueble.

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