Ley 19.945

Artículo 138Falsificación de documentos y formularios

Texto oficial

Falsificación de documentos y formularios. Se impondrá prisión de seis meses a cuatro años a los que falsifiquen formularios y documentos electorales previstos por esta ley, siempre que el hecho no estuviere expresamente sancionado por otras disposiciones, y a quienes ejecuten la falsificación por cuenta ajena.

Qué significa en la práctica

Sanciona con prisión de seis meses a cuatro años a quien falsifique formularios y documentos electorales, y a quien lo haga por cuenta ajena.

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