Artículo 138Falsificación de documentos y formularios
Texto oficial
Falsificación de documentos y formularios. Se
impondrá prisión de seis meses a cuatro años a los que falsifiquen
formularios y documentos electorales previstos por esta ley, siempre
que el hecho no estuviere expresamente sancionado por otras
disposiciones, y a quienes ejecuten la falsificación por cuenta ajena.
Qué significa en la práctica
Sanciona con prisión de seis meses a cuatro años a quien falsifique formularios y documentos electorales, y a quien lo haga por cuenta ajena.