Producción de la prueba. El juez ordenará
inmediatamente la producción de la prueba ofrecida por el fiscal y la
defensa que considere pertinente, que estará a cargo de la parte que la
propuso.
Qué significa en la práctica
El juez ordena producir la prueba pertinente ofrecida por el fiscal y la defensa, que queda a cargo de la parte que la propuso.