Audiencia. La audiencia de juicio será oral y
pública. La incomparecencia del acusado no suspende el procedimiento y
será evaluada por el juez. En la audiencia se incorporará la prueba, se
escuchará a las partes, al fiscal, a los testigos y a los peritos si
los hubiera, e inmediatamente el juez dictará .
Qué significa en la práctica
La audiencia de juicio es oral y pública; la incomparecencia del acusado no la suspende; se incorpora la prueba, se escucha a las partes y testigos y el juez dicta de inmediato.