Ley 19.945

Artículo 146 octiesAcusación

Texto oficial

Acusación. Archivo. Remisión. Dentro de los ocho anterior, el fiscal formulará la acusación o solicitará el archivo de las actuaciones al juez federal con electoral; en ambos casos, remitirá el expediente al juez federal con electoral.

Qué significa en la práctica

Dentro del plazo legal, el fiscal formula la acusación o pide el archivo y, en ambos casos, remite el expediente al juez electoral.

Normas relacionadas

← Ver en Código Electoral Nacional (Ley 19.945) completaLeyes