Ley 19.945

Artículo 64 noniesCantidad de Debates y Fechas

Texto oficial

Cantidad de Debates y Fechas. Las temáticas mencionadas en el artículo anterior se abordarán en dos el interior del país, en la capital de provincia que determine la Cámara Nacional Electoral. Los debates tendrán lugar dentro de los veinte (20) y hasta los siete (7) días anteriores a la fecha de la elección. En caso de que la elección presidencial se decida a través del procedimiento de ballotage, se realizará un debate adicional, con los candidatos que accedan a la elección definitoria, el que tendrá lugar dentro de los diez (10) días anteriores a la fecha de la elección.

Qué significa en la práctica

Fija que los temas se aborden en dos debates (uno en el interior del país) entre los 20 y los 7 días previos a la elección, con un debate adicional si hay segunda vuelta.

Normas relacionadas

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