Ley 19.945

Artículo 8Electores que deben trabajar

Texto oficial

Electores que deben trabajar. Los que por razones de trabajo deban estar ocupados durante las horas del acto electoral, tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores con el objeto de concurrir a emitir el voto o desempeñar funciones en el comicio, sin deducción alguna del ni ulterior recargo de horario.

Qué significa en la práctica

Quienes deban trabajar durante el horario del comicio tienen derecho a una licencia especial para ir a votar o cumplir funciones electorales, sin descuento del .

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