Texto oficial
Apertura del acto. Adoptadas
todas estas medidas, a la hora ocho en punto el presidente declarará
abierto el acto electoral y labrará el acta pertinente llenando los
claros del formulario impreso en los padrones correspondientes a la
mesa.
Los juzgados electorales de cada distrito harán
imprimir en el lugar que corresponda del pliego del padrón, un
formulario de acta de apertura y cierre del comicio que redactarán a
tal efecto.
Será suscripta por el presidente, los suplentes y
los fiscales de los partidos. Si alguno de éstos no estuviere presente,
o no hubiere fiscales nombrados o se negaren a firmar, el presidente
consignará tal circunstancia, testificada por dos electores presentes,
que firmarán juntamente con él.
Emisión del sufragio