Ley 20.840

Artículo 12Prohibición de excarcelación y condena condicional

Texto oficial

Los procesados por los delitos contemplados por la presente ley no gozarán de la ; ni los condenados podrán beneficiarse con la condena de ejecución condicional. Exceptúanse de la presente disposición los procesados y condenados por los hechos contemplados en el artículo 7º.

Qué significa en la práctica

Negaba la a los procesados y la a los condenados por esta ley, salvo los casos del Art. 7 (sabotaje culposo).

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