Ley 21.342

Artículo 50Aplicación de las normas procesales

Texto oficial

Aplicación. - Las disposiciones de este título serán aplicables a los juicios que se inicien a partir de la vigencia de esta ley. Se aplicarán también a los juicios pendientes, con excepción de los trámites, diligencias y plazos que hayan tenido principio de ejecución o empezado su curso, los cuales se regirán por las disposiciones hasta entonces aplicables. Disposiciones transitorias

Qué significa en la práctica

Las normas procesales se aplicaban a los juicios iniciados desde la vigencia de la ley y a los pendientes, salvo los trámites y plazos ya iniciados.

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