Ley 21.382

Artículo 21Responsabilidad solidaria

Texto oficial

Cuando en el instrumento que autorice una inversión de capital extranjero se establezcan obligaciones a la empresa receptora de la inversión la responsabilidad emergente de dichas obligaciones será asumida por la misma empresa conjunta y solidariamente con el inversor extranjero, en la forma y condiciones que determina la Reglamentación.

Qué significa en la práctica

Las obligaciones impuestas en la aprobación de una inversión las asume la empresa receptora solidariamente con el inversor extranjero.

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