Cuando en el instrumento que autorice una inversión de capital extranjero se establezcan obligaciones a la empresa receptora de la inversión la responsabilidad emergente de dichas obligaciones será asumida por la misma empresa conjunta y solidariamente con el inversor extranjero, en la forma y condiciones que determina la Reglamentación.
Qué significa en la práctica
Las obligaciones impuestas en la aprobación de una inversión las asume la empresa receptora solidariamente con el inversor extranjero.